SCJN ‘abriría puerta’ del penal a Guillermo Padrés, Javier Duarte y Andrés Granier

  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación limitó acceso a información bancaria de investigados por delitos fiscales; están en riesgo casos de exgobernadores.

Ciudad de México.- Más de dos mil juicios e investigaciones por delitos fiscales y financieros serían echados abajo debido a un criterio dictado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en noviembre de 2017 que amenaza con daños cifrados en más de 44 mil millones de pesos y podría permitir la libertad a ex gobernadores actualmente presos como Andrés Granier, de Tabasco, y su hijo Fabián; Guillermo Padrés, de Sonora, y algunos coacusados de Javier Duarte, de Veracruz.

De acuerdo con publicación que realiza el diario Reforma, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional el artículo de la Ley de Instituciones de Crédito que faculta a las procuradurías a acceder sin orden judicial a información bancaria de personas bajo investigación, no obstante, desde noviembre, jueces penales han aplicado retroactivamente otro criterio que establece que el secreto bancario es parte del derecho humano a la vida privada y sólo se puede acceder por orden de un juez.

Cabe señalar que mañana miércoles la SCJN analiza un amparo en favor de Pedro Guillén, un acusado de no declarar ingresos por 1.4 millones de pesos, en 2012 y el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito establece excepciones al secreto bancario para facilitar indagatorias penales, pero también administrativas en casos de corrupción de servidores públicos, partidos políticos y uso de recursos federales.

Es importante mencionar que con ello, el Instituto Nacional Electoral, la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y la Tesorería de la Federación están facultados para obtener información bancaria sin orden judicial durante sus investigaciones, y de éstos, sólo la atribución para el INE está prevista también en la Constitución.

Asimismo, aunque no regulado por el artículo 142, el SAT también accede cotidianamente a información bancaria de los contribuyentes y desde noviembre pasado, la Corte falló contra esta facultad en el caso de las procuradurías locales.

El diario Reforma cita un párrafo del proyecto en el que destaca que “la permisión otorgada por el precepto impugnado (artículo 142) a la PGR es inconstitucional, pues la información bancaria no forma parte de la extensión de facultades de irrupción en la vida privada previstas en el artículo 16 de la Constitución ni tampoco se encuentra otorgada como parte de la facultad de investigación de delitos contenida en el artículo 21 de la misma Ley Fundamental; de ahí que la información bancaria que se solicita por parte de la autoridad ministerial sí debe estar precedida de autorización judicial».

Advierte Reforma que con este criterio, sumado a las reglas del Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), un juez federal absolvió el 3 de abril de fraude fiscal equiparado a Álvaro Emir Garduño Montalvo, conocido como #LordRollsRoyce: “Si este caso se basa totalmente en información obtenida de su cuenta bancaria, señor Álvaro, pero sin haber pasado por el filtro del control judicial, esa información no es válida para sustentar una sentencia de condena», informó al respecto el juez Saúl Cota Murillo, del Centro de Justicia Penal Federal en Almoloya.

 

Reforma.

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